Proceso Penal

Proceso Penal

Se hace la denuncia de que se cometió un delito ante cualquiera de las dos policías, en la Fiscalía local o en el mismo Juzgado de Garantía. Todos ellos tienen la obligación de hacer el parte –en el caso de la denuncia hecha ante la policía-, tomar la declaración _en caso de la denuncia en la Fiscalía- o escuchar la víctima -si es ante el mismo juez de garantía.

+La policía
Tanto Carabineros como la PDI tienen la obligación de tomar la declaración de la víctima y hacer el parte de ingreso, el que después es enviado a la fiscalía local, la cual tomará el caso y ordenará las primeras diligencia que estén dentro de su competencia, posteriormente el fiscal del caso decidirá si procede con la causa ya sea que esta se archive por no haber antecedentes suficientes para continuar, o si los hay, proceder a judicializar el hecho denunciado y continuar con la formalización y el procedimiento ante el tribunal de garantía y todo el proceso de esta etapa.
+El Fiscal
Abogado que trabaja para el ministerio público y que por ley conoce todos los delitos de acción penal pública. Por tanto, es un investigador y acusador. La ley le da algunas facultades para agilizar su labor, pero no es juez. Obedece a un fiscal regional y éste a uno nacional. Siempre están sujetos a lo que establezca el juez de garantía o juez oral en los tribunales. Es decir, el fiscal además de investigar el hecho denunciado como delito, puede hacerse parte  en la causa formalizando al imputado, acusándolo o sobreseyendo el caso, según cómo se resulta el asunto. También la ley le permite que ofrezca salidas alternativas cuando es un delito de penas bajas, como la suspensión condicional (para el primerizo) o los acuerdos reparatorios (cuando el hecho delictual daña bienes patrimoniales). También puede no iniciar la investigación por no haber delito, archivar la iniciada porque no hay suficientes antecedentes, o no perseverar por no haber antecedentes suficientes para fundar la acusación.
+Juez de Garantía
Es un juez de letras que tiene jurisdicción y competencia señalada en la ley para conocer de hechos constitutivos de delitos. Es el encargado de velar que se cumpla la ley para todos. Comprueba que los derechos de las partes se cumplan y no vean vulnerados. Es quien escucha las peticiones del fiscal, del imputado, del querellante, del defensor y de la víctima. Resuelve conforme a derecho y casi todas sus resoluciones son apelables o anulables.

Se inicia con un controlde detención de un sujeto denunciado de cometer un delito del cual hay fundados antecedentes de su comisión, luego viene la formalización por la fiscalía de que se declara ante el juez que se investiga un hecho delictual donde le cabría…

+Tribunal Oral

  • Está formado por tres jueces de letra, y conoce de los juicios orales. Este Tribunal empieza a conocer de la causa cuando le llega desde el Tribunasl de Garantía la resolución con el Autoapertura del juicio oral donde se señala la acusación, la pena solicitada, los medios de prueba de las partes. Se inicia el juicio oral con la lectura del autoapertura que lo hace un juez en la sala; se le pregunta al acusado si desea hablar; posteriormente se procede de inmediato a conocer la prueba de la fiscalía y después la de la defensa. Finalmente los alegatos de clausura y el fallo del tribunal. Si el fallo es de culpabilidad, de inmediato se procede a ver las circunstancias modificatorias que podrían beneficiar al acusado con el objeto que se le rebaje la pena. Ya sea de inmediato u otro día se dicta sentencia de condena. 

*** Durante todo el procedimiento el imputado tiene derecho a guardar silencio o decir lo que estime conveniente sobre los hechos. También tiene derecho a ser defendido por un abogado desde el inicio.

 

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