Juicio de Tutela Laboral

Juicio de Tutela Laboral

Es un procedimiento por el cual el trabajador reclama la violación de sus derechos fundamentales en su relación con el empleador. Ejemplos: Actos discriminatorios por raza, sexo, edad, religión, opinión política; infracciones por prácticas desleales o antisindicales y negociación colectiva, entre otras.

Se entienden lesionados o vulnerados los derechos fundamentales cuando el empleador o quien lo representa realiza actos o adopta medidas que limitan el pleno ejercicio de los derechos fundamentales del trabajador sin justificación suficiente, en forma arbitraria o desproporcionada, o sin respeto a su contenido esencial.

El procedimiento de tutela laboral se aplica respecto de las cuestiones suscitadas durante la relación laboral o con ocasión del despido, y que afecten derechos consagrados en la Constitución Política de la República, cuando tales derechos resulten lesionados por el ejercicio de las facultades del empleador. Esto se producirá cuando el empleador limita el pleno goce de aquellos, sin justificación suficiente, en forma arbitraria o desproporcionada o sin respeto a su contenido esencial. Por tanto, se pretende evitar los abusos o excesos de la potestad de mando propia del empleador, ello con el fin de extender los derechos laborales no al ámbito de aplicación exclusiva del Código del Trabajo sino que además a sus aspecto Constitucional dentro de lo que se conoce como la Ciudadanía de la Empresa.

+Derechos que protege este nuevo procedimiento:
1.- La vida; a la integridad física y psíquica (incluyendo situaciones de hostigamiento psicológico o mobbing).

2.-La intimidad y respeto a la vida privada; al honor; a la inviolabilidad de toda forma de  comunicación privada (como es el caso del monitoreo de correos electrónicos).

3.-La libertad de conciencia, la manifestación de las creencias y el libre ejercicio de todos los cultos (como es el caso de persecución por ejercer una relativa religión);

4.- La libertad de expresión, opinión e información sin censura previa;

5.- La libertad de trabajo y contratación laboral (por ejemplo las cláusulas de no competencia una vez extinguida la relación laboral).

6.- Conocer de los actos de carácter discriminatorio especificados en el artículo 2 del Código del Trabajo motivados por distinciones de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación como es el caso de reclamos por discriminaciones de remuneraciones entre hombres y mujeres.

 

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